Aspectos de Reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

  • 01/05/2016
  • Xavier Garcia Mora
Derecho Penal

Al margen de cambios dedicados a la galería como el de reducir la instrucción de las causas penales a 6 meses sin ampliar los medios de que dispone la Administración de Justicia para hacer que esto sea posible, la reciente reforma del procedimiento penal (Ley Orgánica 13 / 2015, de 5 de octubre) contempla ciertas novedades que si suponen una mejora evidente en relación a la anterior regulación.

Destaco por ejemplo los cambios introducidos en el nuevo artículo 520 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, que prevé que los abogados puedan entrevistarse con su cliente detenido incluso antes de prestar declaración ante los Mossos.

Hasta ahora, cuando al abogado le tocaba asistir por primera vez a su cliente detenido en Comisaría, le estaba prohibido prácticamente dirigirle la palabra y mucho menos darle ningún consejo; como por ejemplo que lo mejor que podía hacer era guardar silencio hasta que él pudiera consultar el informe policial y aconsejarle sobre la mejor estrategia de defensa.

El nuevo artículo aprobado recoge explícitamente el derecho del abogado a entrevistarse con su cliente incluso antes de prestar declaración y sin lugar a dudas supone un mejora que normaliza una situación que es de sentido común; la de poder contar con tu abogado desde el minuto cero de la investigación.


Tags: derecho penal, enjuiciamiento criminal